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Real Decreto 46/2011, de 14 de enero, por el que se indulta a don Nouman Nazir.

BOE-A-2011-2059·3 de febrero de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a Nouman Nazir, condenado por un delito contra la salud pública. La medida, que afecta directamente al condenado, conmuta la pena de prisión de tres años por otra de dos años, sujeta a la condición de no delinquir dolosamente en cuatro años. El indulto es otorgado por el Rey a propuesta del Ministro de Justicia.

Visto el expediente de indulto de don Nouman Nazir, condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona, sección sexta, en sentencia de 2 de junio de 2008, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 180 euros e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2007, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de enero de 2011,

Vengo en conmutar a don Nouman Nazir la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 14 de enero de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.