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Real Decreto 459/2009, de 27 de marzo, por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a doña Yolanda Wahnich Serfaty.

BOE-A-2009-6452·17 de abril de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto, específicamente el Real Decreto 459/2009, de 27 de marzo, emitido por el Rey Juan Carlos I de España. Su objeto principal es la concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza a doña Yolanda Wahnich Serfaty. El documento afecta directamente a Yolanda Wahnich Serfaty, quien se convierte en ciudadana española. Indirectamente, afecta al Estado español, al incorporar una nueva ciudadana. Las disposiciones más relevantes son: Concesión de la nacionalidad española: Se otorga la nacionalidad española a Yolanda Wahnich Serfaty debido a "circunstancias excepcionales", aunque no se especifican cuáles son. La decisión se toma a propuesta del Ministro de Justicia y tras deliberación del Consejo de Ministros. Vecindad civil: Se especifica que la vecindad civil de la persona naturalizada será de Derecho Común. Efectos de la concesión:** Se establece que la concesión de la nacionalidad producirá efectos según lo previsto en el Código Civil, lo que implica el cumplimiento de los requisitos, condiciones y plazos estipulados en dicha normativa para la adquisición efectiva de la nacionalidad. En resumen, el Real Decreto formaliza la decisión del gobierno español de conceder la nacionalidad española a Yolanda Wahnich Serfaty por carta de naturaleza, basándose en circunstancias excepcionales no detalladas en el documento, y remite al Código Civil para la regulación de los efectos y requisitos de dicha concesión.

A propuesta del Ministro de Justicia en atención a las circunstancias excepcionales que concurren en doña Yolanda Wahnich Serfaty y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de marzo de 2009,

Vengo en conceder la nacionalidad española por carta de naturaleza a doña Yolanda Wahnich Serfaty, con vecindad civil de Derecho Común.

Esta concesión producirá efectos con los requisitos, las condiciones y los plazos previstos en el Código Civil.

Dado en Madrid, el 27 de marzo de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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