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Real Decreto 456/2006, de 7 de abril, por el que se indulta a don Francisco Lucio Yuste Plumed.

BOE-A-2006-7511·27 de abril de 2006·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto 456/2006, de 7 de abril, por el que se indulta a don Francisco Lucio Yuste Plumed.

Visto el expediente de indulto de don Francisco Lucio Yuste Plumed, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenada por la Audiencia Provincial de Teruel, sección primera, en sentencia de 16 de junio de 2003, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de dos años de prisión y multa de 1.000 euros, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2000, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de abril de 2006,

Vengo en indultar a don Francisco Lucio Yuste Plumed la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación de este real decreto.

Dado en Madrid, el 7 de abril de 2006.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.