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Real Decreto 455/2011, de 25 de marzo, por el que se concede el indulto total al Soldado Militar Profesional de Tropa y Marinería del Ejército de Tierra don Gonzalo Fernández Vicente.

BOE-A-2011-6758·14 de abril de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto, específicamente el Real Decreto 455/2011, de 25 de marzo, emitido por el Rey Juan Carlos I. Su objeto principal es la concesión de un indulto parcial al Soldado Militar Profesional de Tropa y Marinería del Ejército de Tierra, Don Gonzalo Fernández Vicente. El Real Decreto afecta directamente a Don Gonzalo Fernández Vicente, quien había sido condenado por el Tribunal Militar Territorial Tercero por un delito de desobediencia, tipificado en el artículo 102.1 del Código Penal Militar. La condena original consistía en siete meses de prisión, con las accesorias legales de suspensión de cargo público y derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Las disposiciones más relevantes del Real Decreto son: Se concede un indulto parcial a Don Gonzalo Fernández Vicente respecto de la pena de prisión impuesta. La pena de siete meses de prisión se remite (reduce) a un mes y quince días de prisión, manteniendo las accesorias legales de suspensión de cargo público y derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena reducida. El Real Decreto se basa en los informes favorables del tribunal sentenciador y del Asesor Jurídico General del Ministerio de Defensa. La decisión fue tomada a propuesta de la Ministra de Defensa y tras la deliberación del Consejo de Ministros. En resumen, el Real Decreto 455/2011 otorga un indulto parcial, reduciendo la pena de prisión impuesta a un militar por un delito de desobediencia, manteniendo las penas accesorias.

Visto el expediente de indulto relativo al Soldado Militar Profesional de Tropa y Marinería del Ejército de Tierra don Gonzalo Fernández Vicente, condenado por el Tribunal Militar Territorial Tercero, con sede en Barcelona, en la Causa número 33/03/03, como autor de un delito de «desobediencia», previsto y penado en el artículo 102,1 del Código Penal Militar, a la pena de siete meses de prisión, con las accesorias legales de suspensión de cargo público y derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y constando en el mismo los informes favorables del tribunal sentenciador y del Asesor Jurídico General del Ministerio de Defensa, a propuesta de la Ministra de Defensa y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de marzo de 2011,

Vengo en conceder al Soldado Militar Profesional de Tropa y Marinería del Ejército de Tierra don Gonzalo Fernández Vicente el indulto parcial respecto de la pena de prisión impuesta con sus accesorias legales, remitiendo la misma por la de un mes y quince días de prisión con sus accesorias legales.

Dado en Madrid, el 25 de marzo de 2011.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Defensa,

CARME CHACÓN PIQUERAS

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