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Real Decreto 449/2011, de 25 de marzo, por el que se indulta a don Silab Uche Ibeneme.

BOE-A-2011-6328·8 de abril de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 449/2011, emitido el 25 de marzo de 2011. El objeto principal del Real Decreto es conceder un indulto parcial a don Silab Uche Ibeneme, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona por un delito contra la salud pública cometido en 2006. La sentencia original le impuso una pena de seis años de prisión y una multa de 80.000 euros. El Real Decreto afecta directamente a Silab Uche Ibeneme, modificando su condena original. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se reduce la pena privativa de libertad de seis años a cuatro años y seis meses de prisión. Condición suspensiva: La conmutación está condicionada a que Silab Uche Ibeneme no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese período, la conmutación podría ser revocada y tendría que cumplir la pena original. Fundamentación: El indulto se concede tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal. Autoridades: El Real Decreto es emitido por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, previa deliberación del Consejo de Ministros. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a un condenado por un delito contra la salud pública, reduciendo su pena de prisión bajo la condición de no reincidir en un delito doloso.

Visto el expediente de indulto de don Silab Uche Ibeneme, condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona, sección décima, en sentencia de 25 de noviembre de 2008, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de seis años de prisión y multa de 80.000 euros, por hechos cometidos en el año 2006 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de marzo de 2011,

Vengo en conmutar a don Silab Uche Ibeneme la pena privativa de libertad impuesta por otra de cuatro años y seis meses de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 25 de marzo de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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