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Real Decreto 444/2009, de 27 de marzo, por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a doña Alexandra Knafo Benzaquen.

BOE-A-2009-6437·17 de abril de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto, específicamente el Real Decreto 444/2009, de 27 de marzo, emitido por el Gobierno de España. Su objeto principal es la concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza a doña Alexandra Knafo Benzaquen. La concesión se realiza en atención a las circunstancias excepcionales que concurren en la persona mencionada, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros. El documento afecta directamente a Alexandra Knafo Benzaquen, quien se convierte en ciudadana española. Las disposiciones más relevantes son: Concesión de la nacionalidad española: Se otorga la nacionalidad española por carta de naturaleza a Alexandra Knafo Benzaquen. Vecindad civil: Se especifica que la vecindad civil de la persona naturalizada es de Derecho Común. Efectos de la concesión:** Se establece que la concesión de la nacionalidad producirá efectos conforme a los requisitos, condiciones y plazos previstos en el Código Civil español. Esto implica que la persona deberá cumplir con los requisitos legales para la adquisición efectiva de la nacionalidad, como la jura o promesa de fidelidad al Rey y a la Constitución, y la inscripción en el Registro Civil. En resumen, el Real Decreto formaliza la decisión del Gobierno español de otorgar la nacionalidad española a Alexandra Knafo Benzaquen, basándose en circunstancias excepcionales no especificadas en el documento, y remite al Código Civil para la regulación de los efectos y requisitos de dicha concesión.

A propuesta del Ministro de Justicia en atención a las circunstancias excepcionales que concurren en doña Alexandra Knafo Benzaquen y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de marzo de 2009,

Vengo en conceder la nacionalidad española por carta de naturaleza a doña Alexandra Knafo Benzaquen, con vecindad civil de Derecho Común.

Esta concesión producirá efectos con los requisitos, las condiciones y los plazos previstos en el Código Civil.

Dado en Madrid, el 27 de marzo de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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