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Real Decreto 438/2012, de 24 de febrero, por el que se indulta a doña Tania Elisabeth Melenciano de los Santos.

BOE-A-2012-3587·13 de marzo de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 438/2012, de fecha 24 de febrero de 2012. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a doña Tania Elisabeth Melenciano de los Santos, quien fue condenada por la Audiencia Provincial de Barcelona por un delito contra la salud pública. El Real Decreto afecta directamente a doña Tania Elisabeth Melenciano de los Santos, la persona indultada. También afecta indirectamente al sistema judicial, al Ministerio Fiscal y al Tribunal sentenciador, quienes emitieron informes considerados en la decisión del indulto. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento (dos años de prisión) por 60 días de trabajo en beneficio de la comunidad. Esto significa que en lugar de ir a prisión, la persona indultada deberá realizar trabajos comunitarios durante 60 días. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que la persona indultada no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto quedará sin efecto y deberá cumplir la pena original. Fundamentación: El Real Decreto indica que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal para tomar la decisión. Aprobación: El indulto fue propuesto por el Ministro de Justicia y aprobado por el Consejo de Ministros. Firma:** El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez. En resumen, este Real Decreto concede un indulto parcial, sustituyendo una pena de prisión por trabajos comunitarios, con la condición de no reincidir en un delito doloso en un plazo determinado.

Visto el expediente de indulto de doña Tania Elisabeth Melenciano de los Santos, condenada por la Audiencia Provincial de Barcelona, sección novena, en sentencia de 10 de febrero de 2011, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de dos años de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 27.868 euros, por hechos cometidos en los años 2009-2010, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de febrero de 2012,

Vengo en conmutar a doña Tania Elisabeth Melenciano de los Santos la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por 60 días de trabajo en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 24 de febrero de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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