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Real Decreto 436/2012, de 24 de febrero, por el que se indulta a don Odilo Alberto Madera Aguilar.

BOE-A-2012-3585·13 de marzo de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 436/2012, de 24 de febrero. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Odilo Alberto Madera Aguilar. El documento afecta directamente a Odilo Alberto Madera Aguilar, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Madrid por un delito contra la salud pública cometido en 2007. La sentencia original le impuso una pena de seis años y cuatro meses de prisión, inhabilitación especial para el sufragio pasivo y una multa de 400.000 euros. Las disposiciones más relevantes del Real Decreto son: Concesión del Indulto Parcial: Se le indultan nueve meses de la pena privativa de libertad impuesta. Condición Resolutoria: El indulto está condicionado a que Odilo Alberto Madera Aguilar no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto quedará sin efecto y deberá cumplir la totalidad de la pena original. El Real Decreto fue emitido en Madrid el 24 de febrero de 2012, firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez. La decisión de conceder el indulto se tomó tras considerar los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y previa deliberación del Consejo de Ministros.

Visto el expediente de indulto de don Odilo Alberto Madera Aguilar, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, sección séptima, en sentencia de 24 de marzo de 2010, revisada por Auto de dicha Audiencia Provincial de 23 de diciembre de 2010, con efecto a partir del día 23 de diciembre de 2010, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de seis años y cuatro meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante la condena y multa de 400.000 euros, por hechos cometidos en el año 2007, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de febrero de 2012,

Vengo en indultar a don Odilo Alberto Madera Aguilar nueve meses de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 24 de febrero de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.