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Real Decreto 411/2011, de 18 de marzo, por el que se indulta a don Jesús María Martín Piñero.

BOE-A-2011-6315·8 de abril de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 411/2011, de 18 de marzo. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Jesús María Martín Piñero, quien fue condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Valladolid por un delito de resistencia y una falta de lesiones. El Real Decreto afecta directamente a Jesús María Martín Piñero, el condenado, y, de manera indirecta, al sistema judicial en cuanto a la ejecución de la sentencia original. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento (tres meses de prisión) por una pena de multa de seis meses, pagadera en cuotas diarias de dos euros. El tribunal sentenciador determinará el inicio y la forma de cumplimiento de esta multa. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que Jesús María Martín Piñero no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese periodo, el indulto quedará sin efecto y deberá cumplir la pena original. Fundamentación: El indulto se concede tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal. Autoridad: El Real Decreto es firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, tras la deliberación del Consejo de Ministros. En resumen, el documento concede un indulto parcial, transformando una pena de prisión en una multa, pero condicionada a la buena conducta del beneficiario durante un periodo de tres años.

Visto el expediente de indulto de don Jesús María Martín Piñero, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Valladolid, en sentencia de 3 de febrero de 2009, como autor de un delito de resistencia, a la pena de tres meses de prisión; y una falta de lesiones, a la pena de seis días de localización permanente, por hechos cometidos en el año 2007 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de marzo de 2011,

Vengo en conmutar a don Jesús María Martín Piñero la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de seis meses de multa que se satisfará en cuota diarias de dos euros cuyo inicio y forma de cumplimiento serán determinados por el tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 18 de marzo de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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