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Real Decreto 395/2008, de 14 de marzo, por el que se indulta a don David Lostal Baquedano.

BOE-A-2008-6133·5 de abril de 2008·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto 395/2008, de 14 de marzo, por el que se indulta a don David Lostal Baquedano.

Visto el expediente de indulto de don David Lostal Baquedano, condenado por la Audiencia Provincial, sección tercera, de Zaragoza, en sentencia de 12 de septiembre de 2005, como autor de un delito de tráfico de drogas, a la pena de tres años de prisión y multa de 60 euros, con las accesorias de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de marzo de 2008,

Vengo en indultar a don David Lostal Baquedano la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 14 de marzo de 2008.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO

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