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Real Decreto 393/2020, de 18 de febrero, por el que se indulta a doña Gizeh Daniela Herrera Camejo.

BOE-A-2020-2435·19 de febrero de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 393/2020, de 18 de febrero. Su objeto principal es conceder el indulto a doña Gizeh Daniela Herrera Camejo, respecto a la pena de multa que le fue impuesta por el Juzgado de Instrucción número 1 de Bilbao por un delito leve de hurto en grado de tentativa cometido en 2017. La pena consistía en veintinueve días de multa con una cuota diaria de cinco euros. El indulto afecta directamente a doña Gizeh Daniela Herrera Camejo, liberándola del cumplimiento de la pena de multa impuesta. Las disposiciones más relevantes son: Se concede el indulto basándose en los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, considerando que concurren razones de justicia y equidad atendiendo a las circunstancias de la condenada. El indulto está condicionado a que doña Gizeh Daniela Herrera Camejo no cometa ningún delito doloso en el plazo de un año a partir de la fecha de publicación del Real Decreto. Si comete un delito doloso dentro de ese plazo, el indulto podría ser revocado. El Real Decreto fue propuesto por el Ministro de Justicia y aprobado por el Consejo de Ministros. El documento está firmado por el Rey Felipe VI y refrendado por el Ministro de Justicia, Juan Carlos Campo Moreno.

Visto el expediente de indulto de doña Gizeh Daniela Herrera Camejo, condenada por el Juzgado de Instrucción número 1 de Bilbao, en sentencia de 17 de octubre de 2017, como autora de un delito leve de hurto en grado de tentativa a la pena de veintinueve días de multa con una cuota diaria de cinco euros, por hechos cometidos en el año 2017, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias de la condenada y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta del Ministro de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de febrero de 2020,

Vengo en indultar a doña Gizeh Daniela Herrera Camejo la pena de multa impuesta a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de un año desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 18 de febrero de 2020.

FELIPE R.

El Ministro de Justicia,

JUAN CARLOS CAMPO MORENO

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.