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Real Decreto 386/2005, de 8 de abril, por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Mohammed el Amrati.

BOE-A-2005-6747·26 de abril de 2005·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto, específicamente el Real Decreto 386/2005, de 8 de abril, emitido por el Gobierno de España. Su objeto principal es la concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Mohammed el Amrati. La concesión se basa en las "circunstancias excepcionales" que concurren en esta persona, aunque no se especifican cuáles son estas circunstancias en el texto del decreto. El decreto afecta directamente a Mohammed el Amrati, quien se convierte en ciudadano español con vecindad civil de derecho común. También afecta indirectamente al Estado español, al incorporar un nuevo ciudadano. Las disposiciones más relevantes son: Concesión de la nacionalidad española: Se otorga formalmente la nacionalidad española a Mohammed el Amrati por carta de naturaleza. Fundamento legal: La concesión se realiza a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros, amparándose en las circunstancias excepcionales del solicitante. Efectos de la concesión: La adquisición de la nacionalidad española está sujeta a los requisitos, condiciones y plazos establecidos en el Código Civil español. Firma y refrendo: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, lo que le confiere validez y oficialidad. En resumen, el documento legal formaliza la concesión de la nacionalidad española a un individuo específico, Mohammed el Amrati, basándose en circunstancias excepcionales y siguiendo el procedimiento legal establecido.

A propuesta del Ministro de Justicia, en atención a las circunstancias excepcionales que concurren en don Mohammed el Amrati y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de abril de 2005, Vengo en conceder la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Mohammed el Amrati, con vecindad civil de derecho común.

Esta concesión producirá efectos con los requisitos, las condiciones y los plazos previstos en el Código Civil.

Dado en Madrid, el 8 de abril de 2005.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.