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Real Decreto 379/2010, de 26 de marzo, por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Abdelaziz Merzougui.

BOE-A-2010-6164·17 de abril de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto, específicamente el Real Decreto 379/2010, de 26 de marzo. Su objeto principal es la concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Abdelaziz Merzougui. El documento afecta directamente a Abdelaziz Merzougui, otorgándole la nacionalidad española. Indirectamente, afecta al Estado español al sumar un nuevo ciudadano. Las disposiciones más relevantes son: Concesión de la nacionalidad: Se concede la nacionalidad española a Abdelaziz Merzougui por carta de naturaleza, atendiendo a circunstancias excepcionales no especificadas en el documento. Vecindad civil: Se establece que la vecindad civil del nuevo ciudadano será de Derecho Común. Efectos de la concesión: Se indica que la concesión de la nacionalidad estará sujeta a los requisitos, condiciones y plazos establecidos en el Código Civil. Firma y refrendo: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, lo que le confiere validez legal. En resumen, este Real Decreto es un acto administrativo formal mediante el cual el Estado español, a través del Rey y el Ministro de Justicia, concede la nacionalidad española a una persona específica, Abdelaziz Merzougui, por razones consideradas excepcionales. La concesión está sujeta a las leyes y regulaciones del Código Civil español.

A propuesta del Ministro de Justicia en atención a las circunstancias excepcionales que concurren en don Abdelaziz Merzougui y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de marzo de 2010,

Vengo en conceder la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Abdelaziz Merzougui, con vecindad civil de Derecho Común.

Esta concesión producirá efectos con los requisitos, las condiciones y los plazos previstos en el Código Civil.

Dado en Madrid, el 26 de marzo de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.