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Real Decreto 361/2011, de 11 de marzo, por el que se indulta a don Khadim Diaw.

BOE-A-2011-6204·6 de abril de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es un Real Decreto de indulto emitido por el Rey Juan Carlos I el 11 de marzo de 2011. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Khadim Diaw, quien fue condenado por un delito contra la propiedad intelectual por el Juzgado de lo Penal número 10 de Valencia en 2008. El indulto afecta directamente a Khadim Diaw, modificando la pena impuesta originalmente. La sentencia inicial condenaba a Diaw a seis meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y doce meses de multa. Las disposiciones más relevantes del Real Decreto son: Conmutación de la pena de prisión y multa: Se sustituye la pena de prisión y la multa pendiente de cumplimiento por otra de 30 días de trabajos en beneficio de la comunidad. Condición suspensiva: La conmutación está condicionada a que Khadim Diaw no cometa ningún delito doloso en un plazo de dos años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese periodo, la conmutación quedará sin efecto y deberá cumplir la pena original. Consideraciones:** El Real Decreto indica que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal para tomar la decisión. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a Khadim Diaw, permitiéndole evitar la prisión y la multa a cambio de realizar trabajos en beneficio de la comunidad, siempre y cuando no vuelva a delinquir en un periodo de dos años. El Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, refrenda el decreto.

Visto el expediente de indulto de don Khadim Diaw, condenado por el Juzgado de lo Penal número 10 de Valencia, en sentencia de 24 de octubre de 2008, como autor de un delito contra la propiedad intelectual, a la pena de seis meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por el tiempo de condena y doce meses de multa con una cuota diaria de dos euros. Se sustituye la pena de prisión por la expulsión de territorio nacional con prohibición de regreso a España durante diez años, por hechos cometidos en el año 2008 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de marzo de 2011,

Vengo en conmutar a don Khadim Diaw las penas privativa de libertad y de multa pendientes de cumplimiento por otra de 30 días de trabajos en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 11 de marzo de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.