decretoVigente

Real Decreto 357/2009, de 13 de marzo, por el que se indulta a don Carlos Turco Jiménez.

BOE-A-2009-5606·3 de abril de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a Carlos Turco Jiménez, condenado por robo de vehículo y desobediencia. Se le conmuta la pena de prisión pendiente por una multa de seis meses, a condición de no delinquir dolosamente en dos años. La resolución afecta directamente al Sr. Turco Jiménez y establece las condiciones para la conmutación de su pena.

Visto el expediente de indulto de don Carlos Turco Jiménez, condenado por el Juzgado de lo Penal número 10 de Barcelona, en sentencia de 19 de diciembre de 2001, como autor de un delito de robo de uso de vehículo a motor, a la pena de cinco meses y 15 días de multa con una cuota diaria de 200 pesetas y de un delito de desobediencia, a la pena de seis meses de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1999, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de marzo de 2009,

Vengo en conmutar a don Carlos Turco Jiménez la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de seis meses de multa que se satisfará en cuotas diarias de tres euros, cuyo inicio y forma de cumplimiento serán determinados por el tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 13 de marzo de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.