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Real Decreto 356/2009, de 13 de marzo, por el que se indulta a don José María Parramón Piella.

BOE-A-2009-5605·3 de abril de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 356/2009, de 13 de marzo. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don José María Parramón Piella, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona por un delito de agresión sexual cometido en 2001. El Real Decreto afecta directamente a José María Parramón Piella, el beneficiario del indulto, y, de manera indirecta, al sistema judicial y a la víctima del delito. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: La pena original de 12 años de prisión impuesta a José María Parramón Piella se conmuta por una pena de 5 años de prisión. Esto significa que se reduce significativamente el tiempo que deberá pasar en prisión. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que José María Parramón Piella no cometa ningún delito doloso en un plazo de 10 años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto quedará sin efecto y deberá cumplir la pena original. Fundamentación: El Real Decreto se basa en los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, lo que sugiere que se han considerado diversos factores para tomar la decisión de conceder el indulto parcial. Aprobación: El indulto ha sido propuesto por el Ministro de Justicia y aprobado por el Consejo de Ministros, lo que indica que ha seguido el procedimiento legal establecido para la concesión de indultos. Firma:** El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, lo que le otorga validez legal. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a un condenado por agresión sexual, reduciendo su pena de prisión a condición de no cometer nuevos delitos dolosos en un plazo determinado.

Visto el expediente de indulto de don José María Parramón Piella, condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona, sección sexta, en sentencia de 24 de enero de 2006, como autor de un delito de agresión sexual, a la pena de 12 años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2001, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de marzo de 2009,

Vengo en conmutar a don José María Parramón Piella la pena privativa de libertad impuesta por otra de cinco años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de 10 años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 13 de marzo de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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