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Real Decreto 330/2005, de 18 de marzo, por el que se indulta a don Alberto Sánchez Ledo.

BOE-A-2005-5622·7 de abril de 2005·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a Alberto Sánchez Ledo, condenado por varios delitos de robo y faltas de lesiones. Se le indulta un tercio de las penas de prisión impuestas, condicionado a no cometer un nuevo delito doloso en un plazo de cinco años. Afecta directamente al Sr. Sánchez Ledo, modificando su condena original.

Visto el expediente de indulto de don Alberto Sánchez Ledo, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Valladolid, en sentencia de 30 de junio de 1999, como autor de dos delitos de robo con intimidación, a la pena de tres años, seis meses y un día de prisión, por cada uno; de un delito de robo consumado, a la pena de dos años de prisión; de un delito de robo en grado de tentativa, a la pena de un año y un día de prisión, y de cinco faltas de lesiones, a la pena de tres fines de semana de arresto por cada una, con las accesorias legales, por hechos cometidos en el año 1998, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de marzo de 2005,

Vengo en indultar a don Alberto Sánchez Ledo un tercio de las penas privativas de libertad impuestas, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación de este real decreto.

Dado en Madrid, el 18 de marzo de 2005.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.