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Real Decreto 323/2019, de 26 de abril, por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Farah Farah.

BOE-A-2019-7820·25 de mayo de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto, específicamente el Real Decreto 323/2019, emitido el 26 de abril de 2019. Su objeto principal es la concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza a Don Farah Farah. El documento afecta directamente a Don Farah Farah, otorgándole la nacionalidad española, y al Estado español, que a través de sus instituciones (Ministra de Justicia, Consejo de Ministros y el Rey) formaliza esta concesión. Las disposiciones más relevantes son: Concesión de la nacionalidad: Se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a Don Farah Farah, atendiendo a circunstancias excepcionales no especificadas en el texto. Vecindad civil: Se establece que Don Farah Farah tendrá vecindad civil de Derecho común, lo que implica que se regirá por el Código Civil español en lo relativo a las relaciones personales y familiares. Efectos de la concesión: Se indica que la concesión de la nacionalidad producirá efectos según lo establecido en el Código Civil, lo que significa que estará sujeta a los requisitos, condiciones y plazos que este código determine para la adquisición de la nacionalidad española. Firma y refrendo: El Real Decreto está firmado por el Rey Felipe VI y refrendado por la Ministra de Justicia, Dolores Delgado García, dando validez legal al acto. En resumen, el Real Decreto formaliza la concesión de la nacionalidad española a una persona específica, basándose en circunstancias excepcionales y sujetando la efectividad de la concesión a las disposiciones del Código Civil.

A propuesta de la Ministra de Justicia en atención a las circunstancias excepcionales que concurren en don Farah Farah, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de abril de 2019,

Vengo en conceder la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Farah Farah, con vecindad civil de Derecho común.

Esta concesión producirá efectos con los requisitos, las condiciones y los plazos previstos en el Código Civil.

Dado en Madrid, el 26 de abril de 2019.

FELIPE R.

La Ministra de Justicia,

DOLORES DELGADO GARCÍA

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.