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Real Decreto 316/2009, de 6 de marzo, por el que se indulta a doña Ana Ciriaco José.

BOE-A-2009-4996·25 de marzo de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 316/2009, emitido el 6 de marzo de 2009. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Doña Ana Ciriaco José, quien fue condenada por el Juzgado de lo Penal número 2 de Albacete por un delito de maltrato simple. El Real Decreto afecta directamente a Ana Ciriaco José, la persona indultada, y, en menor medida, al sistema judicial, al modificar la ejecución de la sentencia original. Las disposiciones más relevantes son: Concesión del Indulto Parcial: Se indulta a Ana Ciriaco José de la pena de prohibición de acercamiento a la menor (a menos de 100 metros) que aún estaba pendiente de cumplimiento. Mantenimiento de Otras Penas: Se especifica que las demás penas impuestas en la sentencia original (28 días de trabajos en beneficio de la comunidad y privación de tenencia y porte de armas por un año) se mantienen vigentes. Condición Suspensiva: El indulto está condicionado a que Ana Ciriaco José no cometa ningún delito doloso en un plazo de dos años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese período, el indulto quedará sin efecto. Fundamentación Legal: El Real Decreto se basa en los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y fue propuesto por el Ministro de Justicia tras la deliberación del Consejo de Ministros. Firma Real y Ministerial:** El documento está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, lo que le otorga validez legal. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a una persona condenada por maltrato simple, liberándola de una parte de su condena (la prohibición de acercamiento), pero manteniendo las demás penas y estableciendo una condición de buena conducta para que el indulto sea definitivo.

Visto el expediente de indulto de doña Ana Ciriaco José, condenada por el Juzgado de lo Penal número 2 de Albacete, en sentencia de 26 de mayo de 2008, como autora de un delito de maltrato simple, a la pena de 28 días de trabajos en beneficio de la comunidad, privación de tenencia y porte de armas por un año y prohibición de acercarse a menos de 100 metros de la menor durante seis meses, por hechos cometidos en el año 2007, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 6 de marzo de 2009,

Vengo en indultar a doña Ana Ciriaco José la pena de prohibición de acercamiento pendiente de cumplimiento, dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 6 de marzo de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.