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Real Decreto 263/2005, de 4 de marzo, por el que se indulta a don Alberto Palomo Alcaide.

BOE-A-2005-4466·17 de marzo de 2005·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto emitido por el Rey Juan Carlos I el 4 de marzo de 2005. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Alberto Palomo Alcaide, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Málaga por un delito contra la salud pública cometido en 2001. El Real Decreto afecta directamente a Alberto Palomo Alcaide, modificando la pena impuesta por la Audiencia Provincial. Las disposiciones más relevantes del Real Decreto son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena original de tres años y un mes de prisión impuesta a Alberto Palomo Alcaide por una pena de dos años de prisión. Condiciones del indulto: La conmutación de la pena está sujeta a dos condiciones: Que el indultado no abandone el tratamiento de rehabilitación que tiene iniciado hasta alcanzar la total recuperación. Que no vuelva a cometer ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la fecha de publicación del Real Decreto. Firma y refrendo:** El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a Alberto Palomo Alcaide, reduciendo su pena de prisión bajo la condición de continuar su tratamiento de rehabilitación y no cometer nuevos delitos dolosos.

Visto el expediente de indulto de don Alberto Palomo Alcaide, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial, sección tercera, de Málaga, en sentencia de 13 de marzo de 2002, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años y un mes de prisión y multa de 12.020 euros, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2001, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de marzo de 2005,

Vengo en conmutar a don Alberto Palomo Alcaide la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.

Dado en Madrid, el 4 de marzo de 2005.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.