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Real Decreto 262/2005, de 4 de marzo, por el que se indulta a don José Manuel Gómez Gallego.

BOE-A-2005-4465·17 de marzo de 2005·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a José Manuel Gómez Gallego, condenado por robo con intimidación. Se conmuta la pena de prisión original por otra de dos años, condicionada a la continuación del tratamiento de rehabilitación y a no cometer nuevos delitos dolosos en tres años. Afecta directamente al Sr. Gómez Gallego.

Visto el expediente de indulto de don José Manuel Gómez Gallego, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial, sección tercera, de Madrid, en sentencia de 7 de junio de 1999, como autor de un delito de robo con intimidación, a la pena de tres años y seis meses de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1998, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de marzo de 2005,

Vengo en conmutar a don José Manuel Gómez Gallego la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.

Dado en Madrid, el 4 de marzo de 2005.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.