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Real Decreto 259/2005, de 4 de marzo, por el que se indulta a doña Guadalupe Blanco Dopazo.

BOE-A-2005-4462·17 de marzo de 2005·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede el indulto parcial a Guadalupe Blanco Dopazo, condenada por un delito contra la salud pública. Se conmuta la pena de prisión de tres años por otra de dos años, condicionada a no cometer un nuevo delito doloso en tres años. Afecta directamente a la penada, permitiéndole reducir su tiempo en prisión bajo la condición establecida.

Visto el expediente de indulto de doña Guadalupe Blanco Dopazo, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenada por la Audiencia Provincial, sección cuarta, de Pontevedra, en sentencia de 3 de octubre de 2003, como autora de un delito contra la salud pública a la pena de tres años de prisión y multa de 39.950 euros, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2002, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de marzo de 2005,

Vengo en conmutar a doña Guadalupe Blanco Dopazo la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.

Dado en Madrid, el 4 de marzo de 2005.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.