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Real DECRETO 2422/2004, de 30 de diciembre, por el que se indulta a don José Casagran Pujol.

BOE-A-2005-805·15 de enero de 2005·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede el indulto a José Casagran Pujol, condenado por delitos de estafa, falsificación, cheque en descubierto y hurto por la Audiencia Provincial de Girona. Se conmuta la pena de prisión pendiente por una multa de 600 días a razón de 3 euros diarios, condicionada a no cometer delito doloso en cuatro años. Afecta directamente a José Casagran Pujol.

Visto el expediente de indulto de don José Casagran Pujol, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial, sección primera, de Girona, en sentencia de 9 de febrero de 1990, como autor de un delito continuado de estafa, a la pena de un año de prisión menor; de un delito continuado de falsificación de documento mercantil, a la pena de un año de prisión menor y multa de 100.000 pesetas; de un delito de cheque en descubierto, a la pena de dos meses de arresto mayor, y de una falta de hurto, a la pena de 10 días de arresto menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1987, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de diciembre de 2004,

Vengo en conmutar a don José Casagran Pujol las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento por otra de 600 días de multa, que se satisfará en cuotas diarias de tres euros, cuyo inicio y forma de cumplimiento será determinado por el tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación de este real decreto.

Dado en Madrid, el 30 de diciembre de 2004.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.