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Real Decreto 23/2011, de 7 de enero, por el que se indulta a don Francisco Leopoldo González Santos.

BOE-A-2011-1402·26 de enero de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a Francisco Leopoldo González Santos, condenado por un delito contra la salud pública. Se conmuta la pena de tres años de prisión por otra de dos años, siempre que no cometa un nuevo delito doloso en cuatro años. Afecta directamente al Sr. González Santos.

Visto el expediente de indulto de don Francisco Leopoldo González Santos, condenado por la Audiencia Provincial de Las Palmas, sección sexta, en sentencia de 5 de diciembre de 2008, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 90 euros, por hechos cometidos en el año 2007, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de enero de 2011,

Vengo en conmutar a don Francisco Leopoldo González Santos la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 7 de enero de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.