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Real Decreto 227/2009, de 23 de febrero, por el que se indulta a don Jaime Andrés Delgado Caro.

BOE-A-2009-5162·28 de marzo de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a Jaime Andrés Delgado Caro, condenado por un delito contra la salud pública. La medida, que afecta directamente al condenado, conmuta la pena de prisión de tres años por otra de dos años, condicionada a no cometer un nuevo delito doloso en un plazo de cuatro años.

Visto el expediente de indulto de don Jaime Andrés Delgado Caro, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, sección decimoséptima, en sentencia de 29 de noviembre de 2007, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo que dure la condena y multa de 435 euros, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de febrero de 2009,

Vengo en conmutar a don Jaime Andrés Delgado Caro la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 23 de febrero de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.