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Real Decreto 2151/2008, de 26 de diciembre, por el que se concede el indulto total al Cabo Primero Militar Profesional de Tropa y Marinería del Ejército de Tierra don Francisco Manuel Aguilar Tomás.

BOE-A-2009-1736·2 de febrero de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es un Real Decreto emitido por el Rey Juan Carlos I, a propuesta de la Ministra de Defensa y previa deliberación del Consejo de Ministros, fechado el 26 de diciembre de 2008. El objeto principal del Real Decreto es la concesión de un indulto total a don Francisco Manuel Aguilar Tomás, Cabo Primero Militar Profesional de Tropa y Marinería del Ejército de Tierra. Este indulto abarca tanto la pena privativa de libertad de tres meses y un día de prisión, como las penas accesorias de suspensión de cargo público y derecho de sufragio pasivo impuestas por el Tribunal Militar Territorial Primero de Madrid. El Real Decreto afecta directamente a Francisco Manuel Aguilar Tomás, liberándolo de las consecuencias penales derivadas de su condena por un delito "contra la hacienda en el ámbito militar" (artículo 195 del Código Penal Militar). Las disposiciones más relevantes son: La identificación precisa del beneficiario del indulto: Francisco Manuel Aguilar Tomás, incluyendo su rango militar y cuerpo al que pertenece. La especificación del delito por el que fue condenado y la pena impuesta por el Tribunal Militar Territorial Primero. La mención de los informes favorables al indulto emitidos por el Ministerio Fiscal Jurídico-Militar, el Tribunal sentenciador y el Asesor Jurídico General del Ministerio de Defensa. Estos informes probablemente fueron cruciales para la decisión de conceder el indulto. La concesión explícita del indulto total, que extingue tanto la pena de prisión como las accesorias. La firma del Rey Juan Carlos I y la refrenda de la Ministra de Defensa, Carme Chacón Piqueras, que validan y dan fuerza legal al Real Decreto. En resumen, el Real Decreto es un acto de clemencia del poder ejecutivo que exime a un militar de cumplir una condena impuesta por un tribunal militar, basándose en informes favorables y tras la deliberación del Consejo de Ministros.

Visto el expediente de indulto relativo al Cabo Primero Militar Profesional de Tropa y Marinería del Ejército de Tierra don Francisco Manuel Aguilar Tomás, condenado por el Tribunal Militar Territorial Primero, con sede en Madrid, en las Diligencias Preparatorias número 13/04/05, como autor de un delito «contra la hacienda en el ámbito militar», previsto y penado en el artículo 195 del Código Penal Militar, a la pena de tres meses y un día de prisión, con las accesorias legales de suspensión de cargo público y derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y constando en el mismo los informes favorables del Ministerio Fiscal Jurídico-Militar, del Tribunal sentenciador y del Asesor Jurídico General del Ministerio de Defensa, a propuesta de la Ministra de Defensa y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de diciembre de 2008,

Vengo en conceder el indulto total de la pena privativa de libertad y de las accesorias que le fueron impuestas al Cabo Militar Profesional de Tropa y Marinería del Ejército de Tierra don Francisco Manuel Aguilar Tomás.

Dado en Madrid, el 26 de diciembre de 2008.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Defensa,

CARME CHACÓN PIQUERAS

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.