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Real Decreto 210/2011, de 18 de febrero, por el que se indulta a don Massayar Samb.

BOE-A-2011-4595·12 de marzo de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 210/2011, de fecha 18 de febrero. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Massayar Samb, quien fue condenado por un delito contra la propiedad intelectual por la Audiencia Provincial de Madrid. Originalmente, la condena incluía seis meses de prisión, inhabilitación para el sufragio pasivo y una multa. El Real Decreto afecta directamente a Massayar Samb, el individuo condenado. Las disposiciones más relevantes del decreto son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena privativa de libertad y la multa pendientes de cumplimiento por treinta días de trabajo en beneficio de la comunidad. Esto significa que Massayar Samb ya no cumplirá la pena de prisión ni pagará la multa, sino que deberá realizar trabajos comunitarios. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que Massayar Samb no cometa ningún delito doloso en un plazo de dos años a partir de la publicación del decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto podría ser revocado. Sustitución de la pena:** Se acuerda la sustitución de la pena impuesta por la expulsión del territorio nacional por un período de diez años. El decreto se basa en los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y fue propuesto por el Ministerio de Justicia y aprobado por el Consejo de Ministros. Lleva la firma del Rey Juan Carlos I y del Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez.

Visto el expediente de indulto de don Massayar Samb, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, sección vigesimotercera, en sentencia de 22 de abril de 2009, resolutoria de recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 17 de Madrid, como autor de un delito contra la propiedad intelectual, a la pena de seis meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el período de condena y multa de seis meses con una cuota diaria de tres euros. Se acuerda la sustitución de la pena impuesta por la expulsión del territorio nacional por un período de diez años, por hechos cometidos en el año 2007 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministerio de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de febrero de 2011,

Vengo en conmutar a don Massayar Samb las penas privativas de libertad y multa pendientes de cumplimiento por treinta días de trabajo en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 18 de febrero de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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