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Real Decreto 2047/2009, de 30 de diciembre, por el que se indulta a doña Sandra Lorena Ríos Alvarado.

BOE-A-2010-1760·4 de febrero de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 2047/2009, de 30 de diciembre. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a doña Sandra Lorena Ríos Alvarado, reduciendo su pena de prisión. El documento afecta directamente a Sandra Lorena Ríos Alvarado, quien fue condenada por la Audiencia Nacional por un delito de tráfico de drogas cometido en 2002. La sentencia original la condenó a cuatro años, seis meses y un día de prisión, inhabilitación especial para el sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y una multa de 379.806,87 euros. Las disposiciones más relevantes del Real Decreto son: Concesión del indulto parcial: Se le indultan dos años de la pena privativa de libertad impuesta. Esto significa que su tiempo en prisión se reduce en dos años. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que Sandra Lorena Ríos Alvarado no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto podría ser revocado y tendría que cumplir la parte de la pena que fue indultada. Fundamentación:** El indulto se concede tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. En resumen, el Real Decreto representa un acto de clemencia del Estado, reduciendo la pena de prisión de una persona condenada por tráfico de drogas, sujeto al cumplimiento de una condición de buena conducta futura.

Visto el expediente de indulto de doña Sandra Lorena Ríos Alvarado, condenada por la Audiencia Nacional Sala de lo Penal, sección primera, de Madrid, en sentencia de 21 de junio de 2007, como cómplice de un delito de tráfico de drogas, a la pena de cuatro años, seis meses y un día de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y multa de 379.806,87 euros por hechos cometidos en el año 2002 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de diciembre de 2009,

Vengo en indultar a doña Sandra Lorena Ríos Alvarado dos años de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 30 de diciembre de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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