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Real Decreto 1913/2008, de 14 de noviembre, por el que se indulta a don Andrés Rodríguez Pereira.

BOE-A-2008-19502·3 de diciembre de 2008·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a Andrés Rodríguez Pereira, condenado por estafa y falsedad documental. Se le reduce un año de prisión, condicionado al pago de responsabilidades civiles y a no delinquir dolosamente en cinco años. Afecta directamente al Sr. Rodríguez Pereira, permitiéndole una reducción de su pena privativa de libertad.

Visto el expediente de indulto de don Andrés Rodríguez Pereira, condenado por la Audiencia Provincial de Lugo, sección primera, en sentencia de 14 de mayo de 2003, como autor de un delito continuado de estafa, a la pena de dos años de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y un delito continuado de falsedad en documento mercantil, a la pena de dos años y seis meses de prisión, multa de 250.000 pesetas, por hechos cometidos en el año 1995, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de noviembre de 2008,

Vengo en indultar a don Andrés Rodríguez Pereira un año de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en sentencia en el plazo que determine el tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 14 de noviembre de 2008.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.