decretoVigente

Real Decreto 1883/2008, de 8 de noviembre, por el que se indulta a don Andrés José González Mellinas.

BOE-A-2008-19227·28 de noviembre de 2008·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1883/2008, emitido el 8 de noviembre de 2008. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Andrés José González Mellinas, quien fue condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Lorca por un delito de robo con fuerza en las cosas cometido en 1999. La sentencia, dictada el 20 de mayo de 2004, le impuso una pena de un año de prisión y la privación del derecho de sufragio pasivo por el mismo período. El indulto afecta directamente a Andrés José González Mellinas, modificando la pena impuesta por el tribunal. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: La pena de prisión pendiente de cumplimiento se conmuta por una pena de multa de un año, pagadera en cuotas diarias de dos euros. El tribunal sentenciador determinará el inicio y la forma de cumplimiento de esta multa. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que Andrés José González Mellinas no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto quedará sin efecto y deberá cumplir la pena de prisión original. El Real Decreto fue emitido por el Rey Juan Carlos I, a propuesta del Ministro de Justicia y tras la deliberación del Consejo de Ministros. En esencia, este documento representa un acto de clemencia del Estado, modificando la pena impuesta a un individuo bajo ciertas condiciones.

Visto el expediente de indulto de don Andrés José González Mellinas, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Lorca, en sentencia de 20 de mayo de 2004, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas, a la pena de un año de prisión, y privación del derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1999, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de noviembre de 2008,

Vengo en conmutar a don Andrés José González Mellinas la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de un año de multa que se satisfará en cuotas diarias de dos euros, cuyo inicio y forma de cumplimiento serán determinados por el tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 8 de noviembre de 2008.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.