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Real Decreto 1881/2008, de 8 de noviembre, por el que se indulta a don Mauricio Cuevas Ferreras.

BOE-A-2008-19225·28 de noviembre de 2008·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1881/2008, de fecha 8 de noviembre. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Mauricio Cuevas Ferreras, reduciendo su pena de prisión en cuatro meses. El Sr. Cuevas Ferreras fue condenado por la Audiencia Provincial de Madrid por un delito contra la salud pública cometido en 2003, recibiendo una pena de nueve años de prisión, inhabilitación para el sufragio pasivo y una multa de 40.000 euros. El documento afecta directamente a Mauricio Cuevas Ferreras, permitiéndole salir de prisión cuatro meses antes de lo previsto. También afecta indirectamente al sistema judicial, al Ministerio de Justicia y a la sociedad en general, al tratarse de una prerrogativa del poder ejecutivo que modifica una sentencia judicial. Las disposiciones más relevantes son: Concesión del indulto parcial: Se indultan cuatro meses de la pena de prisión impuesta a Mauricio Cuevas Ferreras. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que el Sr. Cuevas Ferreras no cometa ningún delito doloso en un plazo de cinco años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto quedará sin efecto y deberá cumplir la totalidad de la pena original. Fundamentación: El indulto se concede tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. Firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo.

Visto el expediente de indulto de don Mauricio Cuevas Ferreras, condenado por la Audiencia Provincial, sección cuarta, de Madrid, en sentencia de 30 de septiembre de 2003, como autor de un delito contra la salud pública a la pena de nueve años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y multa de 40.000 euros, por hechos cometidos en el año 2003, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de noviembre de 2008,

Vengo en indultar a don Mauricio Cuevas Ferreras cuatro meses de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 8 de noviembre de 2008.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO

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