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Real Decreto 184/2009, de 13 de febrero, por el que se indulta a don Jonathan Castillejo Calero.

BOE-A-2009-5153·28 de marzo de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 184/2009, de 13 de febrero. Su objeto principal es conmutar la pena impuesta a don Jonathan Castillejo Calero. El Real Decreto afecta directamente a Jonathan Castillejo Calero, quien fue condenado por el Juzgado de Menores número 2 de Barcelona por un delito intentado de homicidio cometido en 2005. La sentencia original le impuso una medida de un año de internamiento en régimen cerrado, seis meses en régimen de internamiento semiabierto y 18 meses en régimen de libertad vigilada. Las disposiciones más relevantes del Real Decreto son: Conmutación de la pena: Se conmuta la medida de un año de internamiento en régimen cerrado pendiente de cumplimiento por otra de 16 fines de semana de permanencia. Condiciones para el indulto: La conmutación de la pena está sujeta a dos condiciones: Que Jonathan Castillejo Calero abone las responsabilidades civiles fijadas en la sentencia en el plazo que determine el tribunal sentenciador. Que no vuelva a cometer un delito doloso en el plazo de dos años a partir de la publicación del Real Decreto. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a Jonathan Castillejo Calero, reduciendo su pena de internamiento en régimen cerrado a una pena de permanencia de fin de semana, siempre y cuando cumpla con las condiciones impuestas de pago de responsabilidades civiles y no reincidencia. El documento está firmado por el Rey Juan Carlos I y el Ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo.

Visto el expediente de indulto de don Jonathan Castillejo Calero, condenado por el Juzgado de Menores número 2 de Barcelona, en sentencia de 15 de noviembre de 2006, como autor de un delito intentado de homicidio, a la medida de un año de internamiento en régimen cerrado, seis meses en régimen de internamiento semiabierto y 18 meses en régimen de libertad vigilada, con el abono del internamiento semiabierto cautelar, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de febrero de 2009,

Vengo en conmutar a don Jonathan Castillejo Calero la medida de un año de internamiento en régimen cerrado pendiente de cumplimiento por otra de 16 fines de semana de permanencia, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en sentencia en el plazo que determine el tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 13 de febrero de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO

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