Visto el expediente de indulto de don Enrique Camargo Bogado, condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Octava, en sentencia de 15 de junio de 2005, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de nueve años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y mula de 78 millones de pesetas, por hechos cometidos en el año 1999, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 31 de octubre de 2008,
Vengo en indultar a don Enrique Camargo Bogado dos años de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de seis años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 3 de noviembre de 2008.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO