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Real Decreto 1808/2009, de 20 de noviembre, por el que se indulta a doña Ramona Nedelea.

BOE-A-2009-20189·16 de diciembre de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1808/2009, de 20 de noviembre. Su objeto principal es conceder el indulto a doña Ramona Nedelea, liberándola de la pena privativa de libertad que aún le quedaba por cumplir. La condena original fue impuesta por el Juzgado de lo Penal número 2 de Badajoz en una sentencia del 28 de julio de 2008, por un delito de robo con fuerza en las cosas en local abierto al público, cometido en 2008, que le valió una pena de dos años y seis meses de prisión y la inhabilitación para el sufragio pasivo durante ese tiempo. El decreto afecta directamente a doña Ramona Nedelea, beneficiándola con la extinción de su pena de prisión. Indirectamente, afecta al sistema judicial y a la sociedad, al ser un acto de clemencia del poder ejecutivo. Las disposiciones más relevantes son: Se indulta a Ramona Nedelea de la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento. El indulto está condicionado a que no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del decreto. Si Ramona Nedelea comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto podría ser revocado y tendría que cumplir la pena original. El decreto se basa en los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, lo que sugiere que se consideraron las circunstancias del caso antes de conceder el indulto. El decreto fue propuesto por el Ministro de Justicia y aprobado por el Consejo de Ministros, lo que demuestra que es una decisión tomada al más alto nivel del gobierno. El decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, lo que le otorga validez legal.

Visto el expediente de indulto de doña Ramona Nedelea, condenada por el Juzgado de lo Penal número 2 de Badajoz, en sentencia de 28 de julio de 2008, como autora de un delito de robo con fuerza en las cosas en local abierto al público a la pena de dos años y seis meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena por hechos cometidos en el año 2008 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de noviembre de 2009,

Vengo en indultar a doña Ramona Nedelea la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 20 de noviembre de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.