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Real Decreto 1779/2009, de 13 de noviembre, por el que se indulta a don Isaac Trelles Rodríguez.

BOE-A-2009-19630·5 de diciembre de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1779/2009, de 13 de noviembre. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Isaac Trelles Rodríguez, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Pontevedra por un delito contra la salud pública cometido en 2006. La sentencia original le impuso una pena de tres años de prisión, una multa de 20 euros e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Este Real Decreto afecta directamente a Isaac Trelles Rodríguez, el condenado, y de manera indirecta al sistema judicial, al Ministerio Fiscal y a la sociedad en general. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena privativa de libertad de tres años de prisión por una pena de dos años de prisión. Condiciones del indulto: La conmutación está condicionada a dos factores: Que el indultado no abandone el tratamiento de rehabilitación que haya iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación. Que no vuelva a cometer un delito doloso en el plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial condicionado a Isaac Trelles Rodríguez, reduciendo su pena de prisión y estableciendo requisitos para su cumplimiento, con el objetivo de favorecer su rehabilitación y evitar la reincidencia. El documento fue emitido por el Rey Juan Carlos I a propuesta del Ministro de Justicia y tras la deliberación del Consejo de Ministros.

Visto el expediente de indulto de don Isaac Trelles Rodríguez, condenado por la Audiencia Provincial, sección quinta, de Pontevedra, con sede en Vigo, en sentencia de 16 de septiembre de 2008, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 20 euros e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2006, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de noviembre de 2009,

Vengo en conmutar a don Isaac Trelles Rodríguez la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no abandone el tratamiento iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 13 de noviembre de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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