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Real Decreto 1760/2009, de 13 de noviembre, por el que se indulta a don Lázaro Baro Abascal.

BOE-A-2009-19611·5 de diciembre de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto, específicamente el Real Decreto 1760/2009, de 13 de noviembre, emitido por el Rey Juan Carlos I de España. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Lázaro Baro Abascal. El Real Decreto afecta directamente a Lázaro Baro Abascal, quien fue condenado por el Juzgado de lo Penal número 9 de Madrid por un delito de robo con fuerza en las cosas en grado de tentativa, cometido en 2002. La sentencia original le impuso una pena de seis meses de prisión y la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. La disposición más relevante del Real Decreto es la concesión de un indulto parcial, reduciendo la pena privativa de libertad impuesta a Lázaro Baro Abascal en cuatro meses. Sin embargo, este indulto está condicionado a que no cometa ningún delito doloso en un plazo de dos años a partir de la fecha de publicación del Real Decreto. Si Lázaro Baro Abascal comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto podría ser revocado y tendría que cumplir la parte restante de la pena original. El Real Decreto fue emitido a propuesta del Ministro de Justicia y tras la deliberación del Consejo de Ministros. Esto indica que el proceso de indulto siguió los procedimientos legales establecidos y contó con la aprobación de las autoridades competentes.

Visto el expediente de indulto de don Lázaro Baro Abascal, condenado por el Juzgado de lo Penal número 9 de Madrid, en sentencia de 25 de marzo de 2003, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas en grado de tentativa, a la pena de seis meses de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena por hechos cometidos en el año 2002 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de noviembre de 2009,

Vengo en indultar a don Lázaro Baro Abascal cuatro meses de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 13 de noviembre de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.