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Real Decreto 1747/2009, de 13 de noviembre, por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Ilanit Sisso Levy.

BOE-A-2009-19510·4 de diciembre de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es un Real Decreto, específicamente el Real Decreto 1747/2009, de 13 de noviembre. Su objeto principal es la concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Ilanit Sisso Levy. El documento afecta directamente a Ilanit Sisso Levy, quien se convierte en ciudadano español por esta concesión. Indirectamente, afecta al Estado español, que incorpora un nuevo ciudadano. Las disposiciones más relevantes son: Concesión de la nacionalidad española: Se otorga la nacionalidad española a Ilanit Sisso Levy por carta de naturaleza, reconociéndole vecindad civil de Derecho Común. Fundamento de la concesión: La concesión se basa en las "circunstancias excepcionales" que concurren en la persona de Ilanit Sisso Levy, aunque no se especifican cuáles son. Efectos de la concesión: La concesión de la nacionalidad producirá efectos según los requisitos, condiciones y plazos establecidos en el Código Civil español. Firma y refrendo: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, lo que le confiere validez legal. En resumen, el Real Decreto formaliza la decisión del Gobierno español de conceder la nacionalidad española a Ilanit Sisso Levy, basándose en circunstancias excepcionales no detalladas en el documento, y remite al Código Civil para la regulación de los efectos de esta concesión.

A propuesta del Ministro de Justicia en atención a las circunstancias excepcionales que concurren en don Ilanit Sisso Levy y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de noviembre de 2009,

Vengo en conceder la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Ilanit Sisso Levy, con vecindad civil de Derecho Común.

Esta concesión producirá efectos con los requisitos, las condiciones y los plazos previstos en el Código Civil.

Dado en Madrid, el 13 de noviembre de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.