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Real Decreto 174/2005, de 11 de febrero, por el que se indulta a don José Francisco Moledo Pérez.

BOE-A-2005-3215·25 de febrero de 2005·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 174/2005, de 11 de febrero. Su objeto principal es conceder el indulto a don José Francisco Moledo Pérez, liberándolo del cumplimiento de la pena de multa que le fue impuesta por el Juzgado de lo Penal número 2 de Santiago de Compostela. La condena original fue por un delito intentado de robo con violencia cometido en el año 2001. El decreto afecta directamente a José Francisco Moledo Pérez, quien se beneficia del indulto, y de manera indirecta al sistema judicial, al extinguir la obligación de cumplimiento de la pena impuesta. Las disposiciones más relevantes son: Concesión del Indulto: Se indulta a José Francisco Moledo Pérez de la pena de multa pendiente de cumplimiento. Condición del Indulto: El indulto está condicionado a que el beneficiario no cometa ningún delito doloso en un plazo de dos años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este plazo, el indulto podría ser revocado y la pena original podría ser exigible. Fundamentación: El indulto se concede tras la evaluación del expediente, que incluye informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, y a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. Firma Real y Ministerial: El Real Decreto es firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, lo que le confiere validez legal. En resumen, el Real Decreto extingue la responsabilidad penal de José Francisco Moledo Pérez respecto a la pena de multa impuesta, siempre y cuando mantenga una conducta lícita durante los dos años siguientes a la publicación del decreto.

Visto el expediente de indulto de don José Francisco Moledo Pérez, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Santiago de Compostela, en sentencia de 31 de diciembre de 2001, como autor de un delito intentado de robo con violencia, a la pena de cinco meses de prisión, sustituida por multa de 10 meses con una cuota diaria de 200 pesetas, por hechos cometidos en el año 2001, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de febrero de 2005,

Vengo en indultar a don José Francisco Moledo Pérez la pena de multa pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación de este real decreto.

Dado en Madrid, el 11 de febrero de 2005.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.