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Real Decreto 1726/2010, de 17 de diciembre, por el que se indulta a don David García Torrecilla.

BOE-A-2011-939·18 de enero de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a David García Torrecilla, condenado por un delito contra la salud pública. Se conmuta la pena de prisión de tres años por otra de dos años, afectando directamente al cumplimiento de su condena. La conmutación está condicionada a no cometer un nuevo delito doloso en un plazo de cuatro años.

Visto el expediente de indulto de don David García Torrecilla, condenado por la Audiencia Provincial de Valencia, sección primera, en sentencia de 23 de noviembre de 2001, como autor de un delito contra la salud pública a la pena de tres años de prisión y 20.000 pesetas de multa, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2000, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 17 de diciembre de 2010,

Vengo en conmutar a don David García Torrecilla la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 17 de diciembre de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.