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Real Decreto 1725/2011, de 18 de noviembre, por el que se indulta a don Ángel Aira Ribero.

BOE-A-2011-19267·8 de diciembre de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1725/2011, de fecha 18 de noviembre. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Don Ángel Aira Ribero, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Navarra por un delito contra la salud pública cometido en 1998. El decreto afecta directamente a Don Ángel Aira Ribero, el beneficiario del indulto, y, de manera indirecta, al sistema judicial y a la sociedad en general. Las disposiciones más relevantes del Real Decreto son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena original de tres años de prisión impuesta a Don Ángel Aira Ribero por una pena reducida de dos años de prisión. Condiciones del indulto: La conmutación de la pena está condicionada a que Don Ángel Aira Ribero se someta a un tratamiento de deshabituación hasta alcanzar la total rehabilitación. Revocación del indulto: El indulto queda condicionado a que no vuelva a cometer un delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso, el indulto podría ser revocado y tendría que cumplir la pena original. Fundamentación: El indulto se basa en los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y ha sido propuesto por el Ministro de Justicia tras la deliberación del Consejo de Ministros. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial condicionado a Don Ángel Aira Ribero, reduciendo su pena de prisión a cambio de su rehabilitación y buen comportamiento futuro.

Visto el expediente de indulto de don Ángel Aira Ribero, condenado por la Audiencia Provincial de Navarra, sección segunda, en sentencia de 25 de marzo de 2000, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 9.000 pesetas, con la accesoria legal de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1998 en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de noviembre de 2011,

Vengo en conmutar a don Ángel Aira Ribero la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que se someta a tratamiento de deshabituación hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 18 de noviembre de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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