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Real Decreto 1692/2010, de 10 de diciembre, por el que se indulta a don Rafael de las Morenas Martínez.

BOE-A-2011-248·5 de enero de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1692/2010, de fecha 10 de diciembre. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Rafael de las Morenas Martínez, conmutando la pena de prisión que le fue impuesta por el Juzgado de lo Penal número 3 de Córdoba por un delito intentado de robo con fuerza en las cosas. El indulto afecta directamente a Rafael de las Morenas Martínez, quien fue condenado a seis meses de prisión y la inhabilitación especial para el sufragio pasivo. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por una pena de 30 días de trabajos en beneficio de la comunidad. Condición suspensiva: La conmutación está condicionada a que Rafael de las Morenas Martínez no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este plazo, el indulto podría ser revocado y tendría que cumplir la pena de prisión original. Fundamentación: El Real Decreto se basa en los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, lo que sugiere que se han evaluado las circunstancias del caso antes de conceder el indulto. Autoridad: El Real Decreto es firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, lo que le otorga validez y fuerza legal. Además, se indica que fue aprobado tras deliberación del Consejo de Ministros. En resumen, el documento concede un indulto parcial, sustituyendo una pena de prisión por trabajos comunitarios, pero condicionado a la buena conducta del beneficiario durante un periodo de tres años.

Visto el expediente de indulto de don Rafael de Las Morenas Martínez, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Córdoba, en sentencia de 9 de enero de 2008, como autor de un delito intentado de robo con fuerza en las cosas, a la pena de seis meses de prisión, con la accesoria legal de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de cumplimiento de la condena, por hechos cometidos en el año 2006, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de diciembre de 2010,

Vengo en conmutar a don Rafael de Las Morenas Martínez la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de 30 días de trabajos en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 10 de diciembre de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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