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Real Decreto 1689/2012, de 14 de diciembre, por el que se indulta a don David Romero Tineo.

BOE-A-2013-172·5 de enero de 2013·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a David Romero Tineo, condenado por un delito contra la salud pública. Se conmuta la pena de prisión original de tres años y tres meses por otra de dos años. El indulto está condicionado a que no cometa un nuevo delito doloso en tres años.

Visto el expediente de indulto de don David Romero Tineo, condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona, sección novena, en sentencia de 2 de julio de 2010, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años y tres meses de prisión y multa de 1.302 euros e inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2008, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de diciembre de 2012,

Vengo en conmutar a don David Romero Tineo la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 14 de diciembre de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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