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Real Decreto 1656/2009, de 30 de octubre, por el que se indulta a don Youssef Moufdi.

BOE-A-2009-19373·3 de diciembre de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a Youssef Moufdi, condenado por un delito contra la salud pública. Se conmuta la pena de prisión de tres años por otra de dos años, condicionada a seguir un tratamiento de rehabilitación y no delinquir dolosamente en cinco años. Afecta directamente a Youssef Moufdi.

Visto el expediente de indulto de don Youssef Moufdi, condenado por la Audiencia Provincial, sección séptima, de Barcelona, en sentencia de 19 de febrero de 2008, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 75 euros por hechos cometidos en el año 2005 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de octubre de 2009,

Vengo en conmutar a don Youssef Moufdi la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no abandone el tratamiento iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 30 de octubre de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.