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Real Decreto 1655/2009, de 30 de octubre, por el que se indulta a don Abderahim Mimoun.

BOE-A-2009-19372·3 de diciembre de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1655/2009, de 30 de octubre. Su objeto principal es conceder el indulto a don Abderahim Mimoun, perdonándole la pena privativa de libertad que tenía pendiente de cumplimiento. Este Real Decreto afecta directamente a Abderahim Mimoun, quien fue condenado por el Juzgado de lo Penal número 23 de Barcelona por un delito contra la salud pública cometido en 2005. La sentencia, dictada el 1 de junio de 2007, le impuso una pena de tres años de prisión y una multa de 150 euros. Las disposiciones más relevantes del Real Decreto son: Concesión del indulto: Se le perdona a Abderahim Mimoun la pena de prisión pendiente. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que Abderahim Mimoun no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto podría ser revocado. Fundamentación: El Real Decreto se basa en los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y ha sido propuesto por el Ministro de Justicia y deliberado por el Consejo de Ministros. Firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez. En resumen, el documento otorga un perdón condicional a una persona condenada por un delito contra la salud pública, liberándola de la pena de prisión siempre y cuando mantenga una conducta legal durante los siguientes tres años.

Visto el expediente de indulto de don Abderahim Mimoun, condenado por el Juzgado de lo Penal número 23 de Barcelona, en sentencia de 1 de junio de 2007, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 150 euros por hechos cometidos en el año 2005 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de octubre de 2009,

Vengo en indultar a don Abderahim Mimoun la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 30 de octubre de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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