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Real Decreto 1638/2012, de 30 de noviembre, por el que se indulta a don Adnane Mussaoui.

BOE-A-2012-15418·21 de diciembre de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1638/2012, de 30 de noviembre. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Adnane Mussaoui, quien fue condenado por un delito de resistencia a la autoridad en concurso ideal con una falta de lesiones. El indulto modifica la pena impuesta por el Juzgado de lo Penal número 1 de Arenys de Mar. El Real Decreto afecta directamente a Adnane Mussaoui, el condenado, y, de manera indirecta, al sistema judicial español y a la sociedad en general. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena de prisión: La pena de seis meses de prisión impuesta a Adnane Mussaoui por el delito de resistencia a la autoridad es conmutada por 30 días de trabajo en beneficio de la comunidad. Condición suspensiva: La conmutación está condicionada a que Adnane Mussaoui no cometa ningún delito doloso en un plazo de dos años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese plazo, la conmutación quedará sin efecto y deberá cumplir la pena de prisión original. Consideraciones: El indulto se concede tras considerar los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal. Firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a Adnane Mussaoui, sustituyendo su pena de prisión por trabajos en beneficio de la comunidad, sujeto a la condición de no reincidir en delitos dolosos en un plazo de dos años.

Visto el expediente de indulto de don Adnane Mussaoui, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Arenys de Mar, en sentencia de 7 de junio de 2011, como autor de un delito de resistencia a la autoridad en concurso ideal con una falta de lesiones, a la pena de seis meses de prisión por el delito de resistencia a la autoridad y por la falta de lesiones, a la pena de 45 días de multa con una cuota diaria de 12 euros. Se acuerda la sustitución de la pena de prisión impuesta por la expulsión del territorio nacional por un plazo de cinco años, con prohibición de regreso a España durante ese tiempo, a contar desde la fecha de su expulsión, por hechos cometidos en el año 2010, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de noviembre de 2012,

Vengo en conmutar a don Adnane Mussaoui la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por 30 días de trabajo en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 30 de noviembre de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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