decretoVigente

Real Decreto 1636/2012, de 30 de noviembre, por el que se indulta a doña María Pilar Marcos Rubio.

BOE-A-2012-15416·21 de diciembre de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1636/2012, de 30 de noviembre. Su objeto principal es conmutar la pena de prisión impuesta a doña María Pilar Marcos Rubio. El decreto afecta directamente a María Pilar Marcos Rubio, quien fue condenada por la Audiencia Provincial de Navarra por un delito de homicidio a una pena de tres años de prisión e inhabilitación para el sufragio pasivo. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se reduce la pena privativa de libertad de tres años a dos años de prisión. Condición suspensiva: La conmutación está condicionada a que María Pilar Marcos Rubio no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese período, la conmutación podría ser revocada y tendría que cumplir la pena original. Fundamentación: El decreto se basa en los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y fue propuesto por el Ministro de Justicia tras la deliberación del Consejo de Ministros. Esto indica que se consideraron las circunstancias del caso y los informes pertinentes antes de conceder el indulto. Firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez, lo que le otorga validez legal. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a María Pilar Marcos Rubio, reduciendo su pena de prisión a cambio de no cometer nuevos delitos dolosos en un período de prueba.

Visto el expediente de indulto de doña María Pilar Marcos Rubio, condenada por la Audiencia Provincial de Navarra, sección segunda, en sentencia de 2 de marzo de 2012, como autora de un delito de homicidio, a la pena de tres años de prisión, accesorias de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de duración de la condena, por hechos cometidos en el año 2009, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de noviembre de 2012,

Vengo en conmutar a doña María Pilar Marcos Rubio la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 30 de noviembre de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.