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Real Decreto 1635/2012, de 30 de noviembre, por el que se indulta a don Sergio López Castellano.

BOE-A-2012-15415·21 de diciembre de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el 1635/2012, emitido el 30 de noviembre de 2012. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Sergio López Castellano, quien fue condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Logroño por un delito de abandono de familia, cometido entre 2006 y 2010. La sentencia original le impuso una pena de seis meses de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. El Real Decreto afecta directamente a Sergio López Castellano, el condenado, y, por extensión, al sistema judicial en lo que respecta a la ejecución de la sentencia original. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: La pena de prisión de seis meses se conmuta por 15 días de trabajo en beneficio de la comunidad. Esto significa que Sergio López Castellano no cumplirá la pena de prisión original, sino que deberá realizar trabajos comunitarios. Condiciones del indulto: El indulto está sujeto a dos condiciones principales: Pago de pensiones: Debe abonar las pensiones alimenticias pendientes y las futuras a las que esté legalmente obligado, siempre y cuando el Tribunal sentenciador considere que tiene la capacidad económica para hacerlo. No reincidencia: No debe cometer ningún delito doloso en un plazo de dos años a partir de la publicación del Real Decreto. Si incumple cualquiera de estas condiciones, el indulto podría ser revocado y se le exigiría cumplir la pena original. El Real Decreto fue propuesto por el Ministro de Justicia y aprobado por el Consejo de Ministros. Es firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez.

Visto el expediente de indulto de don Sergio López Castellano, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Logroño, en sentencia de 24 de noviembre de 2010, como autor de un delito de abandono de familia, a la pena de seis meses de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en los años 2006-2010, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de noviembre de 2012,

Vengo en conmutar a don Sergio López Castellano la pena privativa de libertad impuesta por 15 días de trabajo en beneficio de la comunidad, a condición de que abone las pensiones pendientes de satisfacer y las que esté obligado legalmente cuando, a juicio del Tribunal sentenciador, se den las circunstancias económicas para ello, y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 30 de noviembre de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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