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Real Decreto 1599/2012, de 23 de noviembre, por el que se indulta a don Fakhr Eddine Abdallah Mohamed.

BOE-A-2012-14987·11 de diciembre de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1599/2012, de 23 de noviembre. El objeto principal del decreto es conceder un indulto parcial a don Fakhr Eddine Abdallah Mohamed, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Madrid por un delito continuado de falsedad en documento mercantil, en concurso medial con un delito contra la Hacienda Pública. La condena original incluía pena de prisión, multa y otras sanciones accesorias. El decreto afecta directamente a don Fakhr Eddine Abdallah Mohamed. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmutan las penas privativa de libertad y de multa pendientes de cumplimiento por 90 días de trabajos en beneficio de la comunidad. Esto significa que don Fakhr Eddine Abdallah Mohamed ya no tendrá que cumplir la pena de prisión ni pagar la multa original, sino que deberá realizar trabajos comunitarios. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que don Fakhr Eddine Abdallah Mohamed no vuelva a cometer un delito doloso en un plazo de seis años a partir de la publicación del decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto quedará sin efecto y deberá cumplir las penas originales. Fundamentación:** El decreto se basa en los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y ha sido propuesto por el Ministro de Justicia y deliberado por el Consejo de Ministros. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a don Fakhr Eddine Abdallah Mohamed, conmutando su pena de prisión y multa por trabajos comunitarios, sujeto a la condición de no cometer nuevos delitos dolosos en un plazo de seis años.

Visto el expediente de indulto de don Fakhr Eddine Abdallah Mohamed, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, sección trigésima, en sentencia de 28 de octubre de 2011, resolutoria del recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 20 de Madrid, como autor de un delito continuado de falsedad en documento mercantil, en concurso medial con un delito contra la Hacienda Pública, a la pena de dos años, seis meses y un día de prisión, accesoria de suspensión de cargo público y derecho de sufragio por el tiempo de la condena, y multa de 1.067.956,5 euros, además de la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales y de la Seguridad Social por término de tres años, por hechos cometidos en el año 2001, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de noviembre de 2012,

Vengo en conmutar a don Fakhr Eddine Abdallah Mohamed las penas privativa de libertad y de multa pendientes de cumplimiento por 90 días de trabajos en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de seis años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 23 de noviembre de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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