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Real Decreto 1581/2010, de 19 de noviembre, por el que se indulta a don Antonio Hernández Jiménez.

BOE-A-2010-19362·16 de diciembre de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es un Real Decreto de Indulto, específicamente el Real Decreto 1581/2010, de 19 de noviembre. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Antonio Hernández Jiménez, quien fue condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Palencia por una falta de hurto y un delito de robo con fuerza en las cosas cometidos en 2008. El decreto afecta directamente a Antonio Hernández Jiménez, el condenado, y, de manera indirecta, al sistema judicial y a la sociedad en general. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena original de dos años y un día de prisión por una pena de un año de prisión. Condición suspensiva: La conmutación está condicionada a que Antonio Hernández Jiménez no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este plazo, la conmutación podría ser revocada y tendría que cumplir la pena original. Firma y fecha:** El decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, y fechado el 19 de noviembre de 2010. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a un condenado, reduciendo su pena de prisión a cambio de un buen comportamiento futuro, demostrando la potestad del poder ejecutivo para modificar las sentencias judiciales en circunstancias específicas.

Visto el expediente de indulto de don Antonio Hernández Jiménez, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Palencia, en sentencia de 30 de enero de 2009, como autor de una falta de hurto, a la pena de cuarenta días de multa con una cuota diaria de cuatro euros, y un delito de robo con fuerza en las cosas, a la pena de dos años y un día de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2008, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 19 de noviembre de 2010,

Vengo en conmutar a don Antonio Hernández Jiménez la pena privativa de libertad impuesta por otra de un año de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 19 de noviembre de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.