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Real Decreto 156/2010, de 12 de febrero, por el que se indulta a don Jesús Bruno Fernández.

BOE-A-2010-4191·13 de marzo de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto emitido por el Rey Juan Carlos I el 12 de febrero de 2010. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Jesús Bruno Fernández, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Sevilla por un delito contra la propiedad intelectual cometido en 2005. El Real Decreto afecta directamente a Jesús Bruno Fernández, modificando la pena impuesta por la Audiencia Provincial. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena de un año y seis meses de prisión, la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y la multa pendiente de cumplimiento por una pena de 60 días de trabajos en beneficio de la comunidad. Condición suspensiva: La conmutación de la pena está condicionada a que Jesús Bruno Fernández no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese período, la conmutación quedará sin efecto y deberá cumplir la pena original. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a Jesús Bruno Fernández, sustituyendo su pena de prisión y multa por trabajos comunitarios, siempre y cuando no reincida en la comisión de delitos dolosos en los siguientes tres años. La decisión se toma considerando los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros.

Visto el expediente de indulto de don Jesús Bruno Fernández, condenado por la Audiencia Provincial, sección tercera, de Sevilla, en sentencia de 26 de septiembre de 2006, resolutoria del recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 6 de Sevilla, como autor de un delito contra la propiedad intelectual, a la pena de un año y seis meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y 18 meses de multa con una cuota diaria de dos euros por hechos cometidos en el año 2005 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 12 de febrero de 2010,

Vengo en conmutar a don Jesús Bruno Fernández la pena privativa de libertad y de multa pendientes de cumplimiento por otra de 60 días de trabajos en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 12 de febrero de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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